Preparación de divorcios y separaciones de mutuo acuerdo en 48 horas y desde 175€ / cónyuge

Trámite 100% online para separaciones, divorcios y medidas paternofiliales de mutuo acuerdo

Rápido. Fácil. Sin sorpresas.

Te ayudamos a simplificar el proceso de separación o divorcio de mutuo acuerdo sin tener que invertir gran cantidad de dinero o de realizar trámites complicados. Inicia el proceso online en menos de 48 horas y por sólo 175 €/cónyuge, sea cual sea tu procedimiento de mutuo acuerdo.

Siempre surgen dudas pero podemos ayudarte

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Un proceso 100% online, guiado y sencillo que permite reducir gastos innecesarios.

Si eres de los que piensan que el proceso de divorcio o separación es complicado, tedioso, caro y duradero, déjanos decirte que no tiene por qué ser así.

Si el proceso es de mutuo acuerdo, aunque haya niños menores, adultos o bienes puede convertirse en un trámite muy rápido y sencillo gracias a nuestra herramienta.

Si no lo es, no dudes en llamarnos para estudiar mejor tu caso y aconsejarte la mejor solución.

Precios divorcios de mutuo acuerdo rápidos, con mediación y contenciosos.

Si tienes cualquier duda respecto a nuestros precios contacta con nosotros y un abogado experto en separaciones y divorcios se pondrá en contacto contigo con la máxima discreción.

Antes de comenzar, queremos explicarte de forma sencilla los tres tipos de procedimientos

01.

Divorcio

El divorcio conlleva la disolución total del matrimonio.
Por tanto, una vez haya terminado el proceso, ambas partes podrán volver a contraer matrimonio.
Para realizarlo, es necesario presentar una demanda que inicie el procedimiento y el convenio regulador que regule la situación tras la disolución del matrimonio (custodia y régimen de visitas de los hijos comunes -si hubiere-, pensiones de alimentos y compensatorias, uso del domicilio familiar, etc.)

 

02.

Separación

La separación simboliza el cese de la convivencia de ambos cónyuges y tendrá consecuencias patrimoniales y personales.
Este procedimiento no pone fin al matrimonio, por lo que ambos seguirán siendo considerados como marido y mujer. En caso de reconciliación, bastará que se ponga en conocimiento del Juez.
Pero, al igual que en el divorcio, es necesario pactar mediante el correspondiente convenio regulador las medidas a cumplir.

03.

Medidas paterno-filiales

Las medidas paterno-filiales son un procedimiento judicial por el que se determinan los aspectos relacionados con los hijos tras la ruptura de una pareja.
Siempre velarán por los derechos de los hijos menores tras la disolución de una relación de pareja, del mismo modo que en una separación o en un divorcio.

¿Cómo lo hacemos?

¿Qué hacer para divorciarse o separarse de mutuo acuerdo de forma rápida y 100% online?

1. Rellenar nuestro formulario de mutuo acuerdo

Ya habéis tomado la decisión. El siguiente paso es acceder a nuestro formulario y escoger el tipo de procedimiento (divorcio, separación o medidas paterno-filiales). Este paso es muy sencillo e intuitivo, tendréis que rellenar los campos requeridos y en breve os llegará un email de confirmación e instrucciones.

2. Firmar el convenio regulador que recibirás antes de 48 h

Una vez tengamos toda la documentación necesaria y hayas realizado el pago, trabajaremos en redactar la demanda y el convenio regulador que recibirás en menos de 48 h. Estos documentos deberán ser firmados y enviados por vuestra parte para que los presentemos en el Juzgado.

3. Confirmar la demanda en el juzgado y obtener la resolución

Gracias a nuestros acuerdos de colaboración, podemos presentar la demanda en cualquier partido judicial. De media, este proceso suele tardar entre 2 y 4 meses, dependiendo siempre del juzgado.

Una vez presentada la demanda en el juzgado más cercano, os citaremos para confirmar y firmar la demanda. Es importante nombrar que, hasta que la demanda no esté firmada por ambas partes, el proceso no habrá finalizado. Tras las firmas, llegará la decisión judicial y os remitiremos la Sentencia y el Testimonio.

 

Iniciamos el proceso en menos de 48 horas

Una vez hayamos recibido toda la documentación.

Te llamamos para resolver dudas

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Todo tipo de situaciones

En Divorciatech te ayudaremos en cualquier situación de forma personalizada, sencilla y rápida. Ofrecemos servicios para tres tipos de procedimientos (divorcio, separación y medidas paterno-filiales) que se pueden ejecutar de dos formas diferentes, tanto de mutuo acuerdo como contencioso (cuando ambas partes no llegan a un consenso)

Pago único. Sin sorpresas.

Nuestra tarifa única incluye todos los gastos del procedimiento: redacción y la presentación de la demanda y del convenio regulador correspondiente, los costes de la representación letrada y del procurador, mensajería, notificaciones y demás gastos habituales de estos procedimientos.

Trabajamos para toda España.

Gracias a nuestra tecnología descentralizada y a nuestros acuerdos, operamos en todo el territorio nacional con total discreción. Únicamente necesitamos conocer tu código postal para gestionar el procedimiento en el juzgado más cercano.

Estamos ahí en todo momento.

Además de disponer de tu área personal, donde podrás comprobar el estado del procedimiento y resolver tus dudas, en Divorciatech estaremos siempre a tu disposición por vía telefónica o por email.

 

Adelante, quiero divorciarme

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Nuestros precios

Divorcios mutuo acuerdo express y online

Independientemente de cuál sea vuestra situación, el precio único es de 175€ más Iva por cónyuge. Este precio incluye la redacción y la presentación de la demanda y del convenio regulador correspondiente, los costes de la representación letrada y del procurador, mensajería, notificaciones y demás suplidos habituales de estos procedimientos Asimismo, en cualquier momento el cliente podrá anular o modificar la demanda o el convenio regulador, pero perderá la cuantía abonada

Divorcios contenciosos con abogado

Nuestros abogados estarán a la situación concreta del caso para realizar una propuesta de honorarios acorde al procedimiento concreto. A este respecto, la consulta es gratuita y estamos convencidos que el presupuesto final cumplirá con tus expectativas.
Desde luego, nuestros precios son muy competitivos, pero siempre bajo la prestación de una atención personalizada y profesional en defensa de tus derechos e intereses

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi divorcio o separación no es de mutuo acuerdo?

En caso de que tu divorcio no sea de mutuo acuerdo, no te preocupes.

En Divorciatech también gestionamos procedimientos “llamados contenciosos”. Se inicia esta vía cuando las partes no están de acuerdo en pactar las cuestiones más relevantes del procedimiento. El equipo de Divorciatech preparará la demanda adecuada a los intereses del cliente midiendo las circunstancias del supuesto.

Se trata de contencioso porque se inicia un procedimiento judicial donde será el Juez el que sentenciará sobre lo que las partes no han convenido pactar.

Nuestro equipo de abogados se encargará de todo el proceso y su defensa facilitando y simplificando la labor del cliente.

¿Cuál es el plazo habitual para el divorcio, separación o medidas paterno-filiales?

En Divorciatech trabajamos para que vuestro procedimiento sea lo más ágil posible.

  • Tras la cumplimentación del formulario, recibiréis el convenio vía email en 24-48 horas.
  • Una vez firmado por ambos cónyuges, nos daréis traslado del mismo junto con la documentación requerida.
    • En 24-48 horas presentaremos la demanda en el juzgado de vuestra localidad o más cercano.
  • A partir de ahí, los tiempos de admisión a trámite y notificación de la sentencia dependen principalmente del juzgado. La duración depende de la saturación de vuestro juzgado local. En general, este paso suele tardar entre 3 semanas y 2 meses.
¿Tengo que cumplir con algún requisito?

Para la tramitación de un procedimiento de mutuo acuerdo por Divorciatech es imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Mayoría de edad de ambos cónyuges;
  • Residencia (estar empadronado) en España de, al menos, uno de ellos.
  • Haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
  • El acuerdo de ambos cónyuges para iniciar el procedimiento.
  • El acuerdo de ambos cónyuges sobre condiciones del convenio regulador.
¿Qué documentación es necesaria?

Son los documentos indispensables que deberemos tener en nuestro poder para presentar la demanda y poder tramitar el procedimiento. Se pueden remitir a través de la cumplimentación del formulario de mutuo acuerdo o, si en ese momento no disponéis de ellos, podéis enviarlos más tarde por correo electrónico junto con el convenio firmado.

  • Certificado de empadronamiento:

La información para solicitar el mismo puedes encontrarla en el siguiente enlace.

  • Certificado de nacimiento de los hijos:

En el supuesto de que haya hijos comunes. La información para solicitar el mismo puedes encontrarla en el siguiente enlace.

  • Certificado de matrimonio:

En el caso de que no saber cómo conseguir el certificado, deberá ponerse en contacto con el ayuntamiento de la ciudad/municipio concreto o revisar de forma telemática los trámites concretos del mismo.

Importante: El procedimiento no comenzará hasta que dispongamos de todos los certificados requeridos.

¿Qué diferencia hay entre separación y divorcio?

La separación implica el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges, y por lo tanto, tendrá consecuencias tanto patrimoniales, como personales.

La separación no pone fin al matrimonio, no disuelve el vínculo matrimonial, el divorcio sí, se obtiene mediante sentencia judicial y produce efectos frente a terceros desde la sentencia.

El divorcio produce la disolución del régimen económico matrimonial. La separación produce el efecto de la separación de bienes desde la sentencia.

Tras el divorcio, los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio entre sí o con otras personas. No ocurre con la separación pues el vínculo matrimonial sigue vigente.

Tanto el divorcio como la separación legal impiden que el otro cónyuge herede abintestato (si no hay testamento), y que tenga derecho a la legítima.

Tanto la sentencia de separación como la de divorcio recoge las medidas respecto al cuidado de los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de estos, la disolución del régimen económico del matrimonio, el uso de la vivienda, etc. (art. 81 y 85 del Código civil).

¿Custodia exclusiva o compartida?
  • Custodia exclusiva:

Supone que uno de los progenitores (progenitor custodio) será el encargado del cuidado diario y ordinario de los hijos menores. En defecto de acuerdo de los padres aprobado por el Juez, al progenitor custodio se le atribuye el uso de la vivienda familiar.

El progenitor custodio será el encargado de gestionar la pensión de alimentos que corresponda a los hijos. Por otro lado, el progenitor no custodio gozará del derecho de visita, comunicación y estancia con ellos, así como los siguientes derechos:

  • Derecho de visita: podrá visitar a los hijos durante un periodo corto de tiempo, sin pernoctar. Generalmente, una o dos tardes a la semana, respetando el horario escolar y actividades del menor.
  • Derecho de comunicación: se establecerá la posibilidad de comunicación entre el padre y el hijo sin ningún tipo de limitaciones respetando los hábitos del menor (horas de estudio, clase…).
  • Derecho de estancia: el progenitor no custodio podrá permanecer con los hijos durante varios días, con pernocta (fines de semana alternos y mitad de vacaciones escolares).
  • Derecho a ser informado por el progenitor custodio y por las instituciones educativas y sanitarias.

Aunque el Código Civil no regula expresamente este derecho, es obvio que el progenitor no custodio, que ostenta la patria potestad, deba tener información completa y detallada de las circunstancias más relevantes del hijo menor. Sin embargo, algunos ordenamientos forales regulan expresamente el deber de información entre los progenitores (Aragón y Cataluña).

  • Custodia compartida:

Bajo este régimen de custodia, ambos progenitores podrán tener en su compañía a los hijos por periodos alternos (quincenas, meses, trimestres).

A diferencia de lo que ocurre en la custodia exclusiva, nuestro Código Civil no dice nada sobre la atribución de la vivienda familiar en la custodia compartida, por lo que deberá regularse en el convenio regulador. Para ello, deberá primar siempre el interés superior del menor.

El Juez podrá tener en cuenta algunos factores como los recursos económicos de los progenitores, la posibilidad de que alguno de los progenitores habite un vivienda privativa o la posibilidad de vender el domicilio familiar y adquirir dos viviendas dignas.

Recuerde que el procedimiento no comenzará hasta que dispongamos de todos los certificados requeridos.

¿Qué es la pensión de alimentos?

Se trata de la cuantía que deberá abonar con carácter mensual el progenitor no custodio en el caso de haber optado por una custodia exclusiva.

Comprende la cuantía necesaria para cubrir los gastos indispensables de los hijos menores de edad o mayores de edad dependientes económicamente (sustento, habitación, vestido, educación e instrucción, gastos de embarazo y parto, etc.) mientras convivan con el progenitor custodio.

La misma deberá ser abonada mensualmente por cada hijo en común menor de edad o mayor de edad dependiente.

A modo de referencia, se puede consultar la siguiente Calculadora de Pensión de Alimentos:

http://pensionesaa.poderjudicial.es/pensionesaa/

¿Qué es la pensión compensatoria?

Se trata de una cuantía fija mensual que un cónyuge deberá abonar al otro como consecuencia de un desequilibrio económico entre las partes. El pacto para fijar esta cuantía es opcional y, en su caso, complementario a la pensión de alimentos. De igual forma, las partes podrán decidir el plazo por el que se deberá abonar esta cuantía.

No habrá derecho a la pensión compensatoria:

  • Cuando la separación o divorcio ocasiona desequilibrio en ambos cónyuges.
  • Cuando ambos cónyuges dispongan de bienes o ingresos propios para seguir teniendo, después de la separación o divorcio, un nivel económico similar al que tenían durante el matrimonio.

Para que pueda darse una pensión compensatoria el desequilibrio económico solo puede ocasionarse en uno de los cónyuges.

¿Qué son las visitas intersemanales del progenitor no custodio?

Se trata de un día intersemanal en el que ambas partes acuerdan que el progenitor no custodio podrá visitar a los hijos comunes en el caso de que se pacte una custodia exclusiva.

Matrimonio de españoles con extranjeros o entre extranjeros

En los procedimientos tramitados por Divorciatech pueden darse situaciones entre ciudadanos españoles y extranjeros, y también entre extranjeros, pero la sentencia se dará en España. Podrá convalidarse la sentencia en otro país, deberéis tramitarlo por vuestra cuenta.

Comunidades autónomas que siguen un procedimiento especial

Las comunidades autónomas de Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana e Islas Baleares, disponen de una regulación foral específica. Si pretendes llevar a efecto un procedimiento en alguna de estas comunidades autónomas, ponte en contacto con nosotros por vía telefónica (912 032 322) o por correo electrónico (info@divorciatech.com), indicándonos el procedimiento que deseas llevar a cabo y la comunidad autónoma correspondiente. Te indicamos que la tarifa podrá sufrir modificaciones en dependencia del lugar. No obstante, te informaremos de todos los detalles con carácter previo.

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